sábado, 27 de abril de 2019

CONGRESO EXONERA DEL PAGO DE TRIBUTOS A GRANDES EMPRESAS DEL PERÚ

El Congreso de la Republica otorga exoneraciones tributarias a las grandes empresas por 15 mil millones de soles equivalente a 15 veces el aumento de sueldo a los docentes.
El economista Pedro Frankeexplicó que pese a que se necesita dinero para aumentar a los médicos, profesores, enfermeras, mejorar los hospitales, comprar medicinas, etc., el Congreso ha exonerado a las grandes empresas del pago de tributos.
Los ingresos del Estado han caído en 4 % del PBI según el Banco Central de Reserva y eso continuará según las proyecciones del mismo ente, sostiene el profesional.
Pedro Francke explica que las pérdidas fiscales en el Perú son de 25 mil millones de soles, porque los ingresos tributarios son de los más bajos de Latino América
Una de las causas es la informalidad y la evasión de impuestos. Sobre ello recordó que el exvicepresidente de la CONFIEP Lelio Balarezo continúa fugado por delitos tributarios.
Pedro Francke nombró las empresas que no pagan sus tributos y además enjuician al Estado. Entre ellas están: Telefónica que debe 6 mil 800 millones de soles. Claro debe 300 millones de soles, Lan Perú, que ahora es LATAM; debe mil 500 millones de soles.Las mineras deben 2 mil millones de soles. Los casinos deben 400 millones de soles y los bancos no quieren pagar 950 millones de soles.
Pese a todo este panorama, el Congreso ha otorgado exoneraciones tributarias. Es decir ha dado facilidades especiales a grupos económicos. Estas exoneraciones que en total suman 15 mil 499 millones de soles. Es decir 15 veces el sueldo que se aumentará a los docentes en noviembre.

EMPRESAS QUE NO PAGAN IMPUESTOS


De los 7, 335 millones que grandes empresas deben por impuestos, más de 5,000 millones debe Telefónica (Movistar)




¿No se tributa lo adecuado?
En un país de 30 millones de personas, ¿por qué ocurre esto?, porque el tramo de ingreso exonerado es bastante alto, es muy por encima del promedio en el Perú, por ejemplo. Lo que entiendo es que estaban viendo ese umbral bajarlo un poco, y con una tasa muy chiquita para los que tienen ingresos más bajos, por donde se genera cultura tributaria, porque son varios cientos de miles de personas, en ese tramo más abajo, por cada 100 soles, o 500 soles. Esa era, entiendo, la propuesta, pero no estoy seguro si sigue o no sigue en pie.

¿Por qué entonces los cuestionamientos si no afectaría considerablemente a la gente?
Lo que pasa es que ha habido mucho resentimiento, mucho temor, porque la gente cree que le van a bajar 30 % de sus ingresos. Piensan ‘si gano 2000 soles, me van a descontar el 30 %, que son 600 soles’. No es así, es una recaudación chiquita, que será de 20 o 25 soles. Es muy diferente a los que muchos piensan que va a ser, eso es más o menos lo que se había planteado.

¿Advierte cierta discrepancia en lo que dice el ministro de Economía, David Tuesta, y lo que luego aclaró el premier César Villanueva y el Presidente sobre el IR?
No quiero comentar sobre lo que dice uno y otro, creo que lo tienen que aclarar ellos, pero el sentido de la propuesta era ese, y creo que se ha malinterpretado o no lo han sabido comunicar. Estás hablando de gente que en realidad tiene la capacidad de contribuir, y en cualquier otro país sí estaría pagando impuesto a la renta, como se quería, con una tasa muy baja.

“En el Perú hay poca gente que paga impuestos”

El Gobierno de Martín Vizcarra viene anunciando una serie de medidas para mejorar la recaudación tributaria. ¿Cómo lo toma usted en general?

Resultado de imagen para quienes no pagan impuestos en el peruHa habido un alza del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), pero aparentemente han retirado lo que se proponía hacer con el Impuesto a la Renta (IR), los tramos de reducción del Impuesto a la Renta. En término del Selectivo, más allá de cuáles son las tasas, cumplen con un criterio auxiliar, es decir, los bienes que consumimos y le generan daños a la sociedad, como los cigarrillos a la salud pública; en caso de combustibles, que generan contaminación, etc. Podemos discutir si la tasa está encaminada, o si todos los bienes que están incluidos dentro de la tasa debieran subir o solo algunos de ellos. Digamos, la lógica es correcta.

Pero se toma como el alza de productos de primera necesidad


No es que sea el inicio de una serie de subidas, es un sinceramiento de tasa, y ahí básicamente queda; eso entendería yo que es lo que buscaría el Gobierno.

Se habló en un inicio del reajuste del Impuesto a la Renta, que perjudicaría a los que ganan poco más de S/ 2 mil.


En el caso del IR era un ajuste, pero creo que el Gobierno lo ha descartado, y se daba porque en el Perú hay muy poca gente que paga Impuesto a la Renta, menos de un millón de personas, y recordemos que con los cambios tributarios que se hicieron en la gestión de Pedro Pablo Kuczynski, bastante menos.

jueves, 4 de abril de 2019

¿SOBRE QUE SE CALCULA EL TRIBUTO?

El monto de los Arbitrios Municipales se calculará dentro del primer trimestre de cada año fiscal, en función al costo efectivo del servicio prestado. Para determinar el monto a cobrar por arbitrios en la jurisdicción las municipalidades realizan un estudio del costo que implica prestar los servicios involucrados. Una vez obtenido el costo total, se distribuye entre los contribuyentes en base a criterios objetivos como la extensión y uso del predio, valor del autovalúo, ubicación, etc.


  • FORMAS DE PAGO:
  1. En efectivo (contado).
  2. Virtual (en linea).

  • ¿QUIENES ESTÁN IN AFECTOS AL PAGO DEL TRIBUTO?


La Ordenanza Municipal Nº 018-2008-MPCH señala que están in afectos al pago de arbitrios:
Se encuentran in afectas a los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, los predios de propiedad de:
a) Gobierno Central, Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales. 
b) Los gobiernos extranjeros, en condición de reciprocidad, siempre que el predio se destine a la residencia de funcionarios del servicio diplomático o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o consultados. 
c) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. 
d) Las entidades religiosas debidamente constituidas y acreditadas cuyos predios se encuentren destinados a templos, conventos, monasterios y museos. La in afectación señalada en el presente artículo, solo será aplicable para aquellas entidades cuyos predios no produzcan rentas y sean destinadas a cumplir sus fines.
Los predios de propiedad del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, destinados a las funciones operativas de seguridad que desempeñan, se encuentran in afectas al pago del arbitrio por Serenazgo.
En el régimen especial se encuentran exonerados al 100% del pago de arbitrios los predios de propiedad de las Universidades Nacionales y Centros Educativos Estatales, debidamente reconocidos, respecto de los predios destinados a sus finalidades educativas, conforme a la Constitución y CONADIS.

¿Quiénes están obligados al pago de los Arbitrios?





Son aquellos propietarios de inmuebles urbanos que se encuentren ubicadas en la jurisdicción de cada distrito.



¿A PARTIR DE CUANDO SE DEBE PAGAR EL TRIBUTO?



En el caso de las personas que adquieran alguna propiedad, empezarán a pagar los arbitrios municipales a partir del mes siguiente de realizada la compra. Los arbitrios son tributos de periodicidad mensual debiendo cancelarse hasta el último día hábil del mes:
Cronograma de Vencimiento - Año 2019
Enero31/01/2019
Febrero28/02/2019
Marzo31/03/2019
Abril30/04/2019
Mayo31/05/2019
Junio30/06/2019
Julio31/07/2019
Agosto31/08/2019
Septiembre30/09/2019
Octubre31/10/2019
Noviembre30/11/2019
Diciembre31/12/2019

¿QUÉ SON LOS ARBITRIOS MUNICIPALES?

Los Arbitrios Municipales son las tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente.
Entre los arbitrios que comúnmente son establecidos por los municipios se encuentran el de limpieza pública (barrido de calles y plazas, recojo de basura y escombros), el de mantenimiento de parques y jardines públicos y el de seguridad ciudadana o serenazgo.
Las clases de arbitrios que existen son:

  • Parques y Jardines Públicos: El arbitrio de Parques y Jardines Públicos, comprende el cobro de los servicios de implementación, recuperación, mantenimiento y mejoras de Parques y Jardines de uso y dominio público, recolección de maleza de origen público, transporte y disposición final.Limpieza pública: Comprende el servicio de recolección domiciliaria de residuos sólidos, barrido de calles, avenidas, pistas y áreas de beneficio público. Comprende además el servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos.
  • Serenazgo: El arbitrio de Serenazgo comprende el cobro de los servicios por el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública y atención de emergencias, en procura de la seguridad ciudadana.